Circular 1/2015, sobre pautas para el ejercicio de la acción penal en relación con los delitos leves tras la reforma penal operada por la LO 1/2015

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1.- Consideraciones preliminares.

2.- Características generales del procedimiento para el  enjuiciamiento de delitos leves.

3.- Ámbito objetivo del procedimiento para el enjuiciamiento de delitos leves.

3.1.- Interpretación del art. 13.3 y 4 CP en su nueva redacción.

3.2.- Degradación sobrevenida de ciertos delitos menos graves.

3.3.- El problema de los delitos con pena compuesta.

4.- Renuncia al ejercicio de la acción penal por razones de oportunidad.

4.1.-Regulación procesal básica.

4.2.- Régimen especial del principio de oportunidad en los delitos leves semipúblicos y privados.

5.- Participación del Fiscal en el enjuiciamiento de delitos leves semipúblicos.

6.- Instrucciones.

6.1.- Sobre asistencia a juicio en delitos leves semipúblicos.

6.2 Sobre ejercicio del principio de oportunidad en delitos leves públicos.

6.2.1.- Elementos motivadores de la solicitud de archivo.

6.2.2 Instrucciones específicas.

6.2.3.- Eficacia temporal del principio de oportunidad.

7.- Otras consideraciones sobre los delitos leves.

7.1.- Reincidencia.

7.2.- Determinación de la pena.

7.3.- Prescripción de la pena.

8.- Conclusiones.