LA SEGURIDAD CIUDADANA Y LA DELINCUENCIA JUVENIL.

            El fenómeno de la delincuencia juvenil.- Los estudios clásicos han afirmado que los delitos cometidos por los jóvenes difieren en genero y motivo de los cometidos por los adultos. Se llevan a cabo ignorando que esta prohibido, por falta de autocontrol, para mostrar una falsa audacia, o para molestar a los progenitores. Otros factores que entran en juego son un mayor acceso a la información, la posibilidad de desplazamiento geográfico, alcoholismo y drogodependencias, universalización del consumismo… Los adultos asumen habitualmente riesgos calculados con el fin de obtener ganancias deshonestas, base que nunca es aplicable a la delincuencia juvenil. La mayor incidencia colectiva de estos aparece en lo que se puede denominar delitos contra la honestidad. Actualmente se da un espectacular aumento en la criminalidad que se muestra especialmente en los países prósperos y con notoria incidencia en áreas urbanas, siendo la mayoría de los culpables jóvenes varones.

Casi en todas las ocasiones el delito carece de gravedad, siendo la tendencia de limitarse estos a delitos menores e infracciones de tráfico, dejando la violencia grave, los delitos sexuales y los organizados profesionalmente en un término casi inexistente. Aun con ello no se debe olvidar que en la franja de edad comprendida entre los dieciséis-diecisiete y 22-23 nos encontramos con delincuentes de la más peligrosa violencia que existen.

TODA CONDUCTA DELICTIVA DEVIENE PARA EL RESTO DE LA SOCIEDAD EN INSEGURIDAD.

            características, causas y efectos.- La compleja relación entre la persona y la situación en la que se encuentra son de imposible separación, pero al intentar analizar las causas de la delincuencia constituye una útil simplificación considerar los aspectos por separado, tomando únicamente los apuntes sociales y ambientales.

Los factores que hacen incluir al sujeto en la categoría de delincuente podríamos clasificarlos en: Oportunidad y tentación, como oportunidad para transgredir la legalidad que la ocasión presenta, por motivo de guerras o conflictos políticos o raciales, momentos en los que aumenta el numero de delitos y su gravedad; Clase social, Entorno familiar, vecindario, niveles de renta, la mayoría de los delincuentes provienen de clases sociales bajas, aunque pertenecer a estas no es determinante. Con frecuencia, un bajo nivel económico da un bajo nivel formativo y poca influencia familiar en la formación, cuna de la delincuencia; Retraso educativo, no por la carencia de inteligencia, sino por la de oportunidades; Pobreza, siendo la pobreza relativa el desencadenante habitual. Generalmente el joven no roba para comprar comida, sino para echar gasolina, ir a una discoteca… ; Especial presencia de drogodependientes, lo que hace aumentar a la vez del numero de adictos, el de delincuentes, que requieren grandes cantidades de dinero habitualmente para satisfacer su adicción. Además podemos afirmar que la delincuencia juvenil a causa de la drogadicción es independiente de la formación del delincuente, y viene determinada por su procedencia y la sociedad; Otras causas, entorno social o mala vecindad, entorno urbano, raza y color (no por pertenencia sino por discriminación), hogares deshechos…

            Actuaciones sociales de prevención y tratamiento.- prevención del deterioro del marco socio-familiar. Reeducacion encaminada a satisfacer las necesidades del joven. Tratamiento.

Se intentara potenciar la libertad vigilada o tratamiento en libertad al considerar que las nuevas corrientes del campo de la educación son más favorables con el tratamiento en el medio propio, para lograr la reinserción y reeducacion, a través de talleres ocupacionales, actividades de tiempo libre y el hogar del delincuente. Otro nivel de reinserción se realiza mediante centros de reeducacion con medidas cautelares.

            Delincuencia juvenil y derecho en España.- La minoría de edad es causa de inimputabilidad criminal, el código penal declara exento de responsabilidad criminal al menor de 18 años sin que puedan tenerse en cuenta otras circunstancias.

Respecto algunos autores la pena criminal aparece como una reacción inadecuada y excesivamente violenta frente a quienes ocupan en la sociedad un lugar mas débil y la capacidad de adecuar las conductas a las exigencias del derecho deviene en problemática en quienes aun no han tenido de completar su aprendizaje y asumir la disciplina cultural aunque tengan inteligencia para discernir la bondad o maldad de sus actos. Por todo lo anterior, el legislador somete a una jurisdicción tutelar al menor distinto de la que rige para los adultos.

Los juzgados de menores: Se encargan de conocer los delitos cometidos por menores de edad. Están articulados por la ley orgánica del poder judicial.

En cada provincia y con jurisdicción en toda ella y sede en su capital habrá uno o mas juzgados de menores. Si el volumen de trabajo lo aconseja podrán establecerse estos en distintos partidos o agrupación de estos o bien a dos o mas provincias de la comunidad autónoma, y tomaran el nombre de la población donde radique su sede.         

Corresponde a los jueces de menores el ejercicio de las funciones que establezcan las leyes para con los menores que hubieren incurrido en las conductas tipificadas por la ley como delito o falta y aquellas otras que en relación con los menores de edad les atribuyan las leyes. Las normas procesales en ningún caso tendrán carácter represivo sino educativo o tutelar y serán: Reformadoras- amonestaciones, internamiento en establecimiento adecuado, custodia familiar… y Protectoras- medidas de requerimiento, suspensión de derechos a padres, custodia especializada…

 

Actualmente se afirma que la inimputabilidad criminal de los menores y la ineficacia del sistema rehabilitador que imponen los juzgados de menores más que aminorar la delincuencia juvenil, la aumentan. Los razonamiento utilizados son los siguientes: Que los menores no responsables tienen un grado de conocimiento suficiente que les hace conocer lo ilícito de su conducta y que no pueden ser considerados responsables amparados en su edad, y los sistemas de rehabilitación y reeducacion no logran sus objetivos de reinserción ni modificación de su sistema de valores, y además sirven de escuela de delincuentes. En contestación a estas criticas que lo anterior no demuestra lo inadecuado del sistema, mas cuando en la mayoría de las ocasiones lo que se aprecia es una lamentable falta de medios, así como una tremenda ausencia de participación e interés por parte de los así sentenciados, que hace decaer cualquier intento gubernamental o social de mejora de su situación socio familiar, tras el periodo de sentencia.