Manual de permisos de conducción

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Unión Europea y Espacio Económico Europeo.

La Directiva sobre el permiso de conducción garantiza el reconocimiento recíproco de los carnés de conducir expedidos en todos los Estados miembros. Dicho reconocimiento debe realizarse sin ninguna formalidad previa . El anexo I de la Directiva establece un modelo de permiso de conducción común, consistente en una tarjeta de plástico.

El principio del reconocimiento recíproco garantiza el pleno reconocimiento de cualquier permiso de conducción válido en un país del Espacio Económico Europeo (EEE). Se incluyen los permisos que puedan no ajustarse a los requisitos del anexo I de la Directiva por haber sido expedidos antes de la entrada en vigor de esta. En el EEE hay más de 170 modelos válidos de permiso en uso, lo que dificulta su reconocimiento y comprensión por parte tanto de las autoridades como de los particulares.

La Directiva 2006/126/CE obliga a los Estados miembros a establecer, previo acuerdo de la Comisión, las equivalencias entre las autorizaciones obtenidas antes de la aplicación de la Directiva y las categorías de vehículos contempladas en la misma. En la Decisión 2014/209/UE de la Comisión se recogen las tablas de equivalencias, que están sujetas a revisión y adaptación.

Sin embargo, ante la necesidad de complementar las tablas de equivalencias con información adicional y de más fácil comprensión, en el año 2000 la Comisión decidió publicar un libro que proporcionara una clara visión de conjunto de todos los modelos de permiso de conducción válidos en uso.

La segunda edición del libro vio la luz en 2005. Para facilitar la actualización periódica de los datos y su consulta por los usuarios, la Comisión ha creado una página web con esta información. Aunque la web está principalmente dirigida a las autoridades de los Estados miembros, también puede ser de utilidad para los particulares y otras partes interesadas (por ejemplo, empresas de alquiler de automóviles).

Los dos objetivos principales al facilitar esta información siguen siendo los mismos: apoyar el principio del reconocimiento recíproco de todos los permisos expedidos por los Estados miembros, garantizando con ello la libre circulación de sus titulares, y describir los distintos modelos, en beneficio de las autoridades responsables.